Exclusiva de Prisoners Defenders, 6 de enero de 2020:
- En respuesta a la denuncia de Prisoners Defenders remitida el día 10 de mayo de 2019 ante las Naciones Unidas, donde se incluía la denuncia formal con todas las pruebas y 110 testimonios, dos Relatorías Especiales de Naciones Unidas, la Relatoría Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, y la Relatoría Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, son taxativas a la hora de condenar los hechos, y han indicado en un extenso informe que “las condiciones de trabajo reportadas podrían elevarse a trabajo forzoso, según los indicadores de trabajo forzoso establecidos por la Organización Internacional de Trabajo. El trabajo forzoso constituye una forma contemporánea de esclavitud”.
- Además, indican cómo la legislación de Cuba tiene penas de 8 años de prisión contra los trabajadores si deciden cambiar de trabajo o no volver a Cuba, o como se les impide ver a los familiares, cómo se les retienen los contratos, o se les confisca más del 75% de los ingresos, lo que “no les permite vivir dignamente”, cómo Cuba les hace trabajar más de “64 horas semanales” (160% del máximo autorizado por la OIT), cómo tienen restringida y vigilada la libertad de movimiento y el derecho a la privacidad o las comunicaciones con personas nacionales o extranjeras, o cómo los profesionales reportaron recibir amenazas regulares por parte de funcionarios estatales de Cuba en los países de destino y cómo las mujeres médicas han sufrido acoso sexual, entre muchas otras violaciones que la ONU reporta como justificadas tanto por información remitida como por información “de primera mano”.
- La denuncia a la que este procedimiento responde fue redactada e interpuesta por Prisoners Defenders, organización europea cuyos dirigentes son únicamente europeos, y esta iniciativa de denuncia fue financiada enteramente por la persona de su Presidente, Javier Larrondo. Prisoners Defenders desvincula en esta denuncia cualquier motivación salvo el respeto de los derechos humanos.
- Cuba NO ha respondido (consultada la publicación el 06/01/2019 a las 14:33 hora de Madrid), asumiendo con su falta de respuesta lo que en sistema jurídico internacional se denomina la aceptación tácita de las acusaciones, o “qui siluit quun loqui et decuit et protuit, consentire videtur”, es decir, que si el que puede y debe hablar no lo hace, se ha de concluir que consiente.
Enlace al informe condenatorio de Naciones Unidas a Cuba por las Misiones de Internacionalización: