La ONU dictamina crímenes de lesa humanidad perpetrados por Cuba contra José Daniel Ferrer: “una práctica sistemática en Cuba”

Prisoners Defenders

Comunicado de Prisoners Defenders, a 9 de noviembre de 2020:

Tras un año de arbitraje en Naciones Unidas por la denuncia de Prisoners Defenders:

  • El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de Naciones Unidas, formado por funcionarios, expertos y técnicos de numerosos países, tras meses de litigio entre Prisoners Defenders y el Gobierno de Cuba, ha sido demoledor en su dictamen sobre el caso José Daniel Ferrer de su 88º período de sesiones. No sólo la privación de libertad de Ferrer fue arbitraria, sino que se llevó a cabo sólo por el ejercicio de derechos que son fundamentales (cita la libertad de opinión y expresión, su derecho a la libertad de reunión, y participación política, entre otros), certifica que es imposible invocar fundamento jurídico alguno para la detención, afirma que se ha inobservado el derecho a un juicio imparcial y sentencia todo ha sido como resultado de una discriminación de pensamiento y opinión.
  • Además de esto, el organismo de la ONU va mucho más allá, y describe lo que en el Estatuto de Roma conforma la definición de crímenes de lesa humanidad de “encarcelación” arbitraria, “tortura”, “desaparición forzada”, “persecución” y “otros actos inhumanos” (arts. 7.e, 7.f, 7.h, 7.i y 7.k del Estatuto de Roma), y explicita que “La detención del Sr. Ferrer García se encuadra en la práctica sistemática de detenciones arbitrarias, que este Grupo de Trabajo ha podido observar, llevadas a cabo por las autoridades en Cuba durante décadas, en contra de personas que pertenecen organizaciones de la sociedad civil y agrupaciones ciudadanas o que participan en actividades públicas y comunales que resultan incómodas para las autoridades gubernamentales”, que “el Grupo de Trabajo quisiera destacar que este no es el primer caso sobre privaciones arbitrarias de la libertad en Cuba que ha analizado en los últimos años. Las conclusiones alcanzadas en las opiniones del Grupo de Trabajo respecto a Cuba muestran un problema sistemático de detenciones arbitrarias”, y que “El Grupo de Trabajo fue convencido que al momento de su detención y con posterioridad a ella el Sr. Ferrer no pudo acceder ni contactar con abogado de su elección, pero que además fue coaccionado mediante amenazas y torturas a firmar una confesión”.
  • Para la reparación, el organismo de la ONU deja claro que “el remedio adecuado sería el dejar inmediatamente sin efecto la orden de arresto domiciliario contra el Sr. José Daniel Ferrer García restaurando su libertad plena, así como concederle a Sr. José Daniel Ferrer García el derecho efectivo a obtener una indemnización y otros tipos de reparación”, e “insta al Gobierno a tomar medidas urgentes para garantizar su liberación plena e inmediata.”
  • Esta sentencia da la razón al Parlamento Europeo y su Resolución multi-partidista de 28 de noviembre de 2019 “Cuba, en particular el caso de José Daniel Ferrer, al Departamento de Estado de los Estados Unidos por apoyar la libertad de Ferrer, al Secretario General de la OEA Luis Almagro por su pionero apoyo de Ferrer, al propio Joe Biden, quien dio un gran impulso al haber apoyado esta causa justa, y también a Josep Borrell, quién se enfrentó a la barbarie judicial de este caso y el de todos los presos políticos en el primer comunicado de este tipo de la Comisión Europea en años, y puso en marcha los mecanismos para su liberación de prisión. También a muchos otros, de todas las ideologías y países, que hicieron por su liberación. Actualmente Ferrer tiene su casa rodeada de agentes y es detenido cuando sale de ésta.
  • Es necesaria una fuerte coordinación UE-OEA-USA, inteligente y multipartidista, para erradicar de manera firme esta otra pandemia de Latinoamérica. Izquierdas, derechas y centro político, los políticos del mundo libre deben darse cuenta de una vez por todas, y como todos los mencionados en esta nota saben, que Cuba no es baluarte ni sostiene ideología alguna salvo la supremacía nacional-socialista, fascista, practicando los más horrendos crímenes de lesa humanidad en contra de su pueblo y de otros pueblos, como el venezolano o el nicaragüense.

1. Crímenes de lesa humanidad

En efecto, Cuba ha sido acusada y sentenciada en poco más de un año por Naciones Unidas por cometer los siguientes crímenes de lesa humanidad:

  1. Esclavismo, “persecución” y “otros actos inhumanos” de forma sistemática, institucional en sus leyes, y masivo, por las misiones de internacionalización (AL CUB 6/2019) de más de 50 mil personas cada año. Prisoners Defenders ha ampliado recientemente, además, la denuncia con 622 testimonios.
  2. “Encarcelación” arbitraria, “desaparición forzada”, “tortura”, “persecución” y otros actos inhumanos de la sociedad civil (Opinión No. 50/2020 del WGAD y Resolución de la Acción Urgente 791/2019 del CED), por los casos de José Daniel Ferrer y sus 3 compañeros.
  3. “Encarcelación” arbitraria, “persecución” y “otros actos inhumanos” de la sociedad civil, Opinión No.. 4/2020 del WGAD, Opinión No. 63/2019 del WGAD, que examinan 10 casos de condenados de conciencia en estos meses: Silverio Portal Contreras, Aymara Nieto Muñoz, Iván Amaro Hidalgo, Mitzael Díaz Paseiro, Josiel Guía Piloto, Melkis Faure Hechevarría, José Antonio Pompa, Eliecer Bandera Barreras, Humberto Rico Quiala y Marbel Mendoza Reyes, y CUB 7/2019, en relación con la encarcelación del periodista independiente Roberto de Jesús Quiñones Haces.
  4. “Deportación o traslado forzoso de población” (AL CUB 5/2019), 71 casos, por las Expatriaciones Forzosas de activistas.
  5. “Persecución por motivos religiosos” (AL CUB 1/2020), por el acoso insufrible del pastor Alain Toledano y los miembros de su congregación durante años.

Estos crímenes son 7 de los 11 crímenes de lesa humanidad descritos en el artículo 7 del Estatuto de Roma.

2. Consideraciones importantes sobre estos hechos

En los últimos meses se ha podido comprobar por Naciones Unidas y sus mecanismos de defensa de los derechos humanos, con una especial mención honorífica al trabajo de los relatores y funcionarios que luchan por los derechos humanos, cómo Cuba practica de forma sistemática y con total impunidad al menos 7 tipos de entre los 11 crímenes de lesa humanidad definidos por el Estatuto de Roma. Tan sólo quedan fuera del estudio de estos últimos meses el “exterminio”, la “violación y esclavitud sexual”, el “apartheid” y el “asesinato”, si bien éste ha sido un crimen de lesa humanidad atribuible a Cuba en su historia pasada e incluso reciente, tanto de forma causal añadiendo la omisión de atención médica deliberada, como -por poner un mero ejemplo- el caso de Wilman Villar Mendoza en 2012, activista de la UNPACU, un joven magnífico y lleno de vida que murió de neumonía y sin atención médica en una celda de castigo y aislamiento, sufriendo tortura, en respuesta a una simple huelga de hambre por su detención arbitraria. Más de 52 días duró el martirio hasta su muerte por una neumonía causada en dicha celda. En 2003, otro ejemplo más, tres jóvenes cubanos de raza negra en menos de 72 horas fueron juzgados, sentenciados y fusilados por robar una lancha para salir del país. Salir del país, un derecho inalienable del ser humano que es Cuba es un delito penado con prisión severísima en el Código Penal, y en un acto que la propia Declaración Universal de los Derechos Humanos en su preámbulo justifica al indicar que es “esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión”. El asesinato forma parte intrínseca del régimen cubano durante su historia de 61 largos años, pero también desde que fuera ratificado el Estatuto de Roma en julio de 2002, y por tanto susceptible de ser juzgado como crimen de lesa humanidad.

La votación que dio lugar a que Cuba entrara en el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha tenido lugar sin que Cuba haya ratificado numerosísimos tratados vitales del mecanismo de derechos humanos de las Naciones Unidas, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Internacional sobre la protección de derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y políticos destinado a abolir la pena de muerte y las Comunicaciones interestatales en virtud de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra la desapariciones forzadas. Además, Cuba ha rechazado todos los procedimientos de comunicaciones individuales relativos a dichos tratados y también sobre los que sí ha ratificado, por lo que no es posible que Naciones Unidas ejerza acción vinculante en derechos humanos alguna en Cuba. No hay mecanismo de control y relatoría vinculante y de peso sobre los derechos humanos en Cuba.

Que en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas esté un Estado, Cuba, que comete flagrantes crímenes de lesa humanidad, que sus leyes son violatorias de los más elementales derechos humanos, que además ni siquiera ha ratificado, es decir, no comulga con los tratados que son la base del Consejo de Derechos Humanos, y que además rechaza cualquier mecanismo de relatoría y control sobre los derechos humanos, nace de una evidente anomalía de definición de dicho Consejo de Derechos Humanos. No se puede nombrar Jefe de Policía a Al Capone, igual que Cuba no debería haber llegado a aspirar estar en el Consejo de Derechos Humanos en tanto no respete ni éstos ni los tratados que los protegen. Pero el Consejo se definió sin el lógico filtro y exigencia de cumplimiento y ratificación de los tratados, y es tarde para cambiar la situación a muy corto plazo.

Sin embargo, no es tarde sino un momento perfecto, precisamente porque está en el Consejo de Derechos Humanos, para que Cuba tenga sobre sí una exigencia política mayor precisamente por ello.

Por tanto, y tras tantas pruebas de los crímenes de lesa humanidad y violaciones de derechos humanos, es el momento idóneo para una declaración de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, al respecto de la situación de los derechos humanos en Cuba que su propio equipo denuncia como sistemática más aún que nunca en estos últimos meses, en un mundo en el que se necesita arrinconar a todos los extremismos que ocupan demasiadas primeras portadas de periódicos, muerte y miseria, y generan un riesgo de involución terrible, pero máxime cuando éstos extremismos son perpetradores, como el régimen de Cuba, de crímenes de lesa humanidad, la peor lacra jamás descrita en los anales criminales de la humanidad.

La evolución de la social-democracia y la sana izquierda, que tanto ha aportado al estado del bienestar social en lugares como la Europa actual, incluso en España, exige la responsabilidad de desembarazarse de movimientos criminales como los que representan Venezuela, Cuba y Nicaragua, entre otros. No es sino lo que tuvo que realizar la sana derecha europea al desembarazarse por completo de movimientos muy similares como el nazismo y la ultra-derecha supremacista. No hay lugar en un mundo en paz para estos movimientos, ya sea en la izquierda o en la derecha. Todos luchamos contra las mismas lacras y el mundo al completo debe dar un paso al frente, que deben liderar entre otros el Secretario General de las Naciones Unidas y, antes y en primer término -puesto que tiene en su equipo todas las pruebas-, la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, y que sin duda deben acompañar tanto la Unión Europea como los Estados Unidos y otros muchos países que son baluartes de la democracia a nivel planetario, aún con caminos por recorrer en todo ámbito de derechos humanos e igualdad, pero sin duda en las antípodas frente a los extremismos criminales como el de estos tres regímenes de Latinoamérica.

3. El proceso de litigio del Caso Ferrer

La denuncia realizada por Prisoners Defenders en octubre de 2019 sobre el caso de José Daniel Ferrer y sus compañeros fue refrendada en un inicio por el Comité contra la Desaparición Forzosa (CED), que confirmó la desaparición de José Daniel Ferrer por “37 días después de su detención”.

El relevo de la denuncia lo tomó el Grupo de Trabajo para la Detención Arbitraria (WGAD), que conminó a Cuba a realizar respuesta de las alegaciones de Prisoners Defenders. Tras un largo proceso, Prisoners Defenders respondió a Cuba sobre sus afirmaciones. Tanto las alegaciones de Cuba como las pruebas presentadas por Prisoners Defenders pueden ser estudiadas en el último documento remitido por nuestra organización al WGAD en este enlace el día 5 de julio de 2020 en versión ampliada, e inmediatamente después en versión reducida, tal y como sugiere el protocolo.

El Grupo de Trabajo para la Detención Arbitraria remitió el martes 6 de octubre de 2020 a Prisoners Defenders su dictamen resolutorio, adoptado el 26 de agosto de 2020 en su 88° período de sesiones:

Enlace al dictamen del WGAD sobre la detención y encarcelamiento de José Daniel Ferrer:


Sobre Prisoners Defenders

Prisoners Defenders (Prisoners Defenders International Network) es un grupo independiente de análisis, estudio y acción jurídica, que cuenta con la colaboración de sociedad civil, grupos disidentes y familiares de los presos políticos para recabar información y promocionar los derechos humanos.

Cuban Prisoners Defenders, sección dedicada en exclusiva a Cuba e iniciativa pionera dentro de Prisoners Defenders, forma parte de Prisoners Defenders International Network, asociación registrada legalmente con base en Madrid, España, cuyo foco de acción es la promoción y la defensa de los derechos humanos y los valores democráticos, y cuya dirección de Internet es www.prisonersdefenders.org. Los trabajos de Prisoners Defenders son adoptados por numerosas instituciones y son enviados, entre otros, a Organización de las Naciones Unidas, Organización de Estados Americanos, Comisión Inter-Americana de Derechos Humanos, Amnistía Internacional, Human Rights Watch, Civil Rights Defenders. Freedom House, Parlamento Europeo, Congreso y Senado de los Estados Unidos, CANF, ASIC, UNPACU, Gobierno de España, Fundación Transición Española, International Institute on Race, Equality and Human Rights, FANTU, Partido por la Democracia Pedro Luis Boitel, Colegio de Pedagogos Independiente de Cuba y Movimiento Ciudadano Reflexión y Reconciliación, entre una lista interminable de instituciones y organismos de igual relevancia.

SOLICITUD DE INFORMES: Las entidades que deseen recibir los trabajos de Prisoners Defenders (listado de presos políticos y de conciencia, estudios jurídicos de los presos políticos, estudios y dictámenes jurídico-legales, estudios sobre la represión y cárceles, denuncias y resoluciones, etc) y que aún no los reciban regularmente, pueden ponerse en contacto con Prisoners Defenders en info@prisonersdefenders.org o por teléfono/whatsapp en el +34 647564741. Desambiguación: Prisoners Defenders genera sus contenidos e informes en idioma español, y los traduce posteriormente a otros idiomas con el único fin de facilitar la lectura, pero ante cualquier necesidad de matiz o desambiguación, serán los informes generados en español los que prevalezcan y sean oficiales a título de esta entidad, salvo que se exprese explícitamente lo contrario.

Nuestra página web es www.prisonersdefenders.org y nuestra página de Facebook es https://www.facebook.com/CubanDefenders.  Nuestro Twitter, además, es @CubanDefenders.

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