Lejos de disminuir, la represión en Cuba aumenta y augura un mal final para una olla a presión que exige libertad y derechos y que el régimen no consigue controlar
Los 1.277 prisioneros políticos de los últimos 12 meses en Cuba, todos ellos torturados
Cuba posee al menos 1.048 prisioneros políticos verificados por Prisoners Defenders a fecha 30 de abril de 2023. Hemos realizado una ampliación del estudio y denuncia pormenorizada de 101 casos aleatorios presentada por Prisoners Defenders ante el Comité Contra la Tortura de las Naciones Unidas (CAT), que logró -junto con el valioso trabajo de otras ONGs igualmente- los reproches públicos de este organismo a Cuba, que se materializaron en su informe posterior de mayo pasado sobre la situación de la tortura en Cuba. Pronto presentaremos este nuevo informe que demuestra, sin lugar a dudas, que todos los prisioneros políticos son torturados en Cuba.
El informe del Comité de los Derechos del Niño, este pasado junio, también confirmó que decenas de niñas y niños siguen condenados a durísimas penas por ejercer su libertad de manifestación y “asociación” acusándolos de sedición, entre otras barbaridades.
10 “Shadow Reports” presentados por Prisoners Defenders ante las Naciones Unidas
Liderando una coalición de 19 organizaciones solidarias que han contribuido en el Examen Periódico Universal, Prisoners Defenders ha presentado, con su apoyo, 10 informes temáticos en dicho proceso.
Otros 2 informes adicionales a estos 10, elaborados por otras organizaciones también han tenido la contribución de Prisoners Defenders.
Los 10 informes elaborados por Prisoners Defenders y presentados para el Examen Periódico Universal de Cuba exponen las violaciones de derechos en las siguientes áreas:
- 11.000 condenados por peligrosidad social predelictiva (sin delito).
- La Tortura en Cuba: más de 100 casos del 11J minuciosamente documentados.
- Los 7 patrones de violación al debido proceso penal en Cuba.
- Detenciones arbitrarias, desaparición forzada, prisión provisional y prisión política.
- Trabajadores civiles cubanos en el exterior por cuenta del Estado (1.400 testimon¡os y estudio de la legislación).
- Libertad de Movimiento y Ley de los 8 años.
- Represión al islam, cristianismo y religión yoruba. Libertad religiosa en Cuba.
- Asociacionismo y Ley 54 de Asociaciones.
- Libertades fundamentales y derecho a participar en la vida pública y política.
- Impunidad legislativa y estructural de las autoridades.
Los 10 informes han sido distribuidos y se hará una relación de reuniones con distintas representaciones permanentes de diversos Estados ante las Naciones Unidas. Los informes pueden visualizarse en distintos idiomas:
Prisioneros políticos verificados en Cuba
Con cierre de datos a fecha 30 de abril de 2023, la lista de prisioneros políticos en Cuba contiene un total de 1.048 prisioneros políticos y de conciencia sufriendo condenas judiciales o disposiciones de limitación de libertad por parte de las fiscalías sin supervisión judicial alguna ni defensa jurídica, en flagrante violación de la ley internacional que ampara el debido proceso y la defensa efectiva, lista que cada mes hacemos pública y distribuimos en todos los ámbitos políticos, diplomáticos y de defensa de los derechos humanos. Sólo en los últimos 12 meses hemos confirmado y añadido a nuestra lista 256 nuevos prisioneros políticos nuevos en Cuba.
Han entrado este mes de marzo en nuestra lista 24 nuevos presos políticos. Y han sido 42 los prisioneros políticos que han salido de nuestra lista este mes, la mayoría tras el cumplimiento íntegro de la sanción impuesta, pero también una decena al verificar, gracias a la recepción de algunas nuevas sentencias y documentación procesal, que el procedimiento penal contra ellos fue permutado por una sanción económica.
Prisoners Defenders ha podido verificar una lista de 1.048 prisioneros políticos a 30/04/2023. De los 1.048 prisioneros políticos:
- Han aflorado casos de menores en la lista, siendo ahora 31 niños y 4 niñas, en total 35 menores, los que aún cumplen sentencia (32 de ellos) o están siendo procesados penalmente (3 de ellos). Hay que tener en cuenta que esta elevada cifra, sin embargo, no contempla otros muchos niños que ya han salido de la lista por haber cumplido íntegramente sus condenas. Buena parte de los menores se encuentran en prisiones presuntamente para menores, pero son centros de carácter totalmente penitenciario que eufemísticamente se denominan “Escuelas de Formación Integral”. En estos centros penitenciarios, con celdas, se confinan, como ya denunció el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas este mismo 9 de junio de 2022 en su Informe de Conclusiones, un mínimo de 150 niños por debajo de los 16 años cada año en Cuba. El mismo Comité destacó también como son, además, en torno a 260 los niños de 16 y 17 años cada año en Cuba los que sufren privación de libertad en prisiones convencionales. 410 menores, por tanto, sufren prisión al año en Cuba, según ha podido confirmar la propia Naciones Unidas.
- 18 de los menores mencionados están siendo procesados o han sido ya condenados por “Sedición”. La pena media de estos menores condenados por sedición es de 5 años de privación de libertad, un castigo en promedio superior al que sufrían, antes del #11J, los adultos en prisión política.
- De nuestra lista actual, 204 manifestantes han sido acusados de sedición y al menos 202 ya han sido sentenciados a un promedio de 10 años de privación de libertad cada uno.
- Con la entrada en prisión de 3 mujeres este mes, a pesar de las que han salido de la lista este mes, la cifra de prisioneras es de 118 mujeres (incluyendo varias de género trans) las que siguen aún con autos y condenas políticas y de conciencia.
- Todas las mujeres trans en prisión de conciencia han estado y están encarceladas entre hombres, lo cual sucede también con las presas trans comunes, sufriendo situaciones, entre hombres, indescriptibles para su condición sexual.
- Con respecto a las amenazas que sufren las mujeres en prisión política por parte del Estado, cabe decir que el nuevo Código de Familias eliminó la patria potestad de los padres y madres y la sustituyó por la “responsabilidad parental”, la cual implica responsabilidad, pero no potestad inalienable, y así permite la suspensión de la “responsabilidad parental” de forma totalmente arbitraria para quienes, sin causa penal o probada alguna, “observen una conducta viciosa, corruptora o delictiva que resulte incompatible“. Las palabras “observen” y “conducta” son clave. No indica la Ley que deban tener siquiera una causa penal. Indica que se les “observe una conducta”, una acción valorativa subjetiva del observador, las autoridades cubanas, cuyo objeto de observación es conductual y no penal: “conducta viciosa, corruptora o delictiva“. El fin es claro: actualmente las madres y padres en prisión y sus familias son amenazadas con arrebatarles a los hijos por el ejercicio de su libertad de expresión, con base en el nuevo Código de Familias. Esto está pasando con varias de las familias en prisión, como es el caso de Lizandra Góngora Espinosa, con 5 hijos, donde ella y su marido están siendo extorsionados con la amenaza de quitarles la custodia y patria potestad de los hijos si continúan con la defensa de sus derechos humanos y ya ella ha sido llevada a una prisión al otro lado del mar y a cientos de kilómetros de su ciudad (Isla de la Juventud), con el cruel fin de evitar que sus 5 hijos la vuelvan a ver, una tortura inhumana, pero también está pasando entre las madres médicos de las misiones médicas cubanas que abandonan el trabajo. Son amenazadas con quitarles la patria potestad si denuncian en redes sociales su situación de esclavitud.
784 Convictos de Conciencia, 234 condenados de conciencia y 30 otros
Convictos de Conciencia y Condenados de Conciencia son aquellas personas cuya privación de libertad, los primeros, o limitación de libertad, los segundos, sea consecuencia de:
- La violación por motivos políticos, raciales, de género, ideológicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, del ejercicio de los derechos de libertad de conciencia, pensamiento, expresión, manifestación, reunión y/o asociación u otros derechos humanos fundamentales.
- La violación por motivos políticos, raciales, de género, ideológicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, de los principios de presunción de inocencia y/o debido proceso o como consecuencia de una investigación prospectiva.
- La violación por motivos políticos, raciales, de género, ideológicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, del principio de neutralidad, imparcialidad y/o derecho a la defensa.
En otro grupo más complejo de catalogar, Otros Presos Políticos, incluimos casos en privación completa de la libertad, pero no catalogables como Convictos de Conciencia por acciones penalmente reprochables, si bien en su causal de origen está la represión de derechos fundamentales, y no la infracción o delito per-sé, y cuyos desproporcionados procesos y penas han sido ejecutados mediante una violación grave a sus derechos de defensa y debido proceso, causado todo ello por motivos políticos y/o ideológicos.
Por ello, los 1.048 prisioneros políticos verificados por su ejercicio de la defensa de sus derechos fundamentales se dividen en Convictos de Conciencia, Condenados de Conciencia y Otros Presos Políticos, que pueden ser examinados en nuestra lista de prisioneros políticos.
La clasificación actual de éstos es la siguiente:
- 784 Convictos de Conciencia
- 234 Condenados de Conciencia
- 30 casos de Otros Presos Políticos
La Pre-Delictiva: reconocemos en Cuba más de 12.000 prisioneros políticos
Reconocemos en Prisoners Defenders, durante el mes de abril de 2023, 1.048 prisioneros políticos relacionados con un activismo o expresión pública evidente de oposición a las políticas gubernamentales, o en el ejercicio y/o la defensa de los derechos fundamentales del ser humano.
Pero además reconocemos otros más de 11.000 civiles, jóvenes -jóvenes negros en su inmensa mayoría- no pertenecientes a organizaciones opositoras, con penas medias de 2 años y 10 meses, que sufren condenas “pre-delictivas”, es decir, sin delito alguno cometido ni en grado de tentativa. El Código Penal vigente hasta diciembre, y que les condenó, contemplaba que eran personas con tendencia a poder cometer delitos en el futuro “por la conducta que observa en contradicción manifiesta con las normas de la moral socialista” (Art. 72 de Código Penal vigente hasta diciembre pasado). Así, se les impusieron penas de 1 a 4 años de prisión sin delito: ni investigado, ni sucedido, ni cometido, ni tentativo. Cada año se condena a prisión a una media de 3.850 personas por esta causa, y el nuevo Código Penal continúa con las medidas predelictivas, como veremos a continuación.
Una prueba de esto es que aunque los artículos 72 al 84 del anterior Código Penal han sido eliminados, todos los más de 11 mil condenados por predelictiva y dichos artículos del Código Penal no han sido exonerados de sus condenas, algo inédito porque ahora estarían condenados supuestamente sin soporte legal en el Código penal actual.
Continúa la Peligrosidad Social Predelictiva en el nuevo Código Penal de Cuba
No sólo permanecen condenados por predelictiva los jóvenes que lo fueron antes de diciembre de 2022. En el nuevo código penal, que entró en vigor el pasado 1 de diciembre, se mantiene intacta la capacidad de condenas pre-delictivas, o sin delito. Así, el artículo 434.1. de este nuevo Código Penal indica que “La autoridad competente del Ministerio del Interior puede advertir oficialmente a quien de forma reiterada realice acciones que la hagan proclive a delinquir o a quebrantar el orden social y constitucional”. Esta advertencia se convierte inmediatamente en una condena penal gracias a los nuevos artículos introducidos para ello, como el artículo 189.3., que dispone hasta 1 año de prisión por no atender dichas advertencias, fijadas por el art. 434.1., de ser “proclive a delinquir o a quebrantar el orden social y constitucional”.
Lógicamente, estas penas se aplican, desde la adolescencia, a todos aquellos que osen mostrar desafecto por las políticas gubernamentales. También se emplean para satisfacer actos represivos personales y abusos de poder de tipo local, ideológico o político. Todos estos casos, gracias al nuevo Código Penal, se dirimen de forma sumaria mediante Atestado Directo (ES / EN / FR), un proceso policial sin posible defensa, como hemos explicado en nuestro anterior informe mensual. El mero informe de las autoridades policiales indicando una “conducta inadecuada” permite, sin delito alguno, encarcelar de forma sumaria año tras año por decisiones inmediatas y sin posible defensa a más de 3.850 personas condenadas cada año por esta sola causa en el país, para sumar una cifra estacionaria de 11 mil personas condenadas por su hipotética “peligrosidad predelictiva antisocial” en Cuba actualmente.