LO HACE COMO RESPUESTA DIRECTA A NUESTRO INFORME DE LIBERTAD Y REPRESIÓN RELIGIOSA EN CUBA DE 2022 Y LA ADENDA ELABORADA PARA NACIONES UNIDAS DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 2023
Índice de contenidos
- Antecedentes de esta denuncia: el informe de Prisoners Defenders de 2022………………. 1
- El contenido de la nueva denuncia de Naciones Unidas JAL CUB 4/2023………………………… 2
- Los 13 casos denunciados por la ONU como ejemplo de estos patrones de represión……. 3
- Informes anteriores en los que se basa la información………………………………………………. 6
- Sin respuesta de cuba…………………………………………………………………………………………… 7
- Reacciones internacionales ante esta acusación……………………………………………………... 7
1. Antecedentes de esta denuncia: el informe de Prisoners Defenders de represión religiosa en Cuba de 2022
En 2022, Prisoners Defenders y Outreach Aid to the Americas (OAA) elaboraron un informe sobre la represión religiosa en Cuba (ES / EN) y su afectación por el marco legal y la nueva Constitución. El informe fue adoptado por el USCIRF (entidad bipartidista e independiente del gobierno americano cuya misión es monitorizar la libertad religiosa a nivel mundial). Posteriormente, su adopción y difusión conllevó una importante preocupación en el Gobierno de los Estados Unidos sobre la represión religiosa en Cuba, traduciéndose en la catalogación de Cuba como país que ejerce la represión religiosa (“Country of Particular Concern”, o CPC). El informe demostraba, tanto por el estudio jurídico como por las declaraciones de 56 líderes religiosos de 4 de las religiones más populares en Cuba (yoruba, católica, evangélica y musulmana), que Cuba reprime y controla de forma absolutista todas las prácticas religiosas en Cuba, creando agrupaciones ficticias en manos del Partido Comunista por medio de la Oficina de Atención a los Asuntos Religiosos (OAAR), que forma parte de la cúpula, o Comité Central del Partido.
Estas agrupaciones falsas, dependientes del Estado y el Partido Comunista son la Asociación Cultural Yoruba, la Liga Islámica de Cuba, el Consejo de Iglesias y Pastores por la Paz. Las 4 agrupaciones son dirigidas por la Seguridad del Estado y la OAAR, y sirven a los intereses del Partido Comunista. La Liga Islámica de Cuba, en particular, fue creada para ocultar a los países árabes la brutal represión que existe sobre la práctica del Islam, que precisamente es una de las religiones más proscritas y reprimidas de toda Cuba. La Asociación Cultural de Cuba fue creada para monopolizar los discursos de esta religión afrocubana, muy presente en el pueblo, y apoyar al Gobierno. Por medio del Consejo de Iglesias y de Pastores por la Paz, se ha silenciado a las Iglesias cristianas y se ha realizado internacionalización de la causa del bloqueo y otras de interés del Partido Comunista.
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1.1. El trabajo para la acusación actual de Naciones Unidas: JAL CUB 4/2023
Durante 2023, Prisoners Defenders ha estado trabajando intensamente con diversos mecanismos del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas, y en particular con la Relatoría Especial sobre la libertad de religión o de creencias, a la que sometió el informe elaborado sobre represión religiosa en Cuba de 2022 (ES / EN), así como una adenda con 13 casos de represión religiosa de las 4 religiones más reprimidas en Cuba (islámica, yoruba, cristianismo y evangélica), de los que muchos de ellos fueron apresados en los acontecimientos del 11J y no pocos permanecen en prisión sometidos a torturas y una situación paupérrima, con peligro para sus vidas. Tras este primer paso, los requerimientos de Naciones Unidas sobre cada caso y sus detalles, fueron elaborados y respondidos puntualmente mediante otra serie de documentos probatorios.
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2. El contenido de la nueva denuncia de Naciones Unidas JAL CUB 4/2023
Como recuerda la carta acusatoria, los mecanismos de Naciones Unidas ya habían advertido a Cuba anteriormente sobre la preocupación por la detención y encarcelamiento de líderes religiosos en Cuba (CUB 1/2014 y CUB 7/2021).
Esta carta acusatoria, no obstante, entra de lleno en el patrón de control, hostigamiento, amenazas, detenciones, y malos tratos sobre los religiosos, pero además le otorga una planificación gubernamental y describe las funciones de la Oficina de Atención a los Asuntos Religiosos, parte del Comité Central del Partido Comunista. Este hecho es muy significativo, pues ya son numerosas las organizaciones que no sólo describen patrones de represión religiosa en Cuba, sino que describen, a raíz del informe de Prisoners Defenders y OAA, sometido y adoptado por el USCIRF, el patrón de control y engaño interno y externo, del gobierno de Cuba para ocultar la terrible represión religiosa del país.
La Carta Acusatoria de las Naciones Unidas puede ser consultada en su totalidad AQUÍ. En ella, 5 Mandatos y Relatores Especiales de Naciones Unidas, acusan explícitamente al régimen de la isla de actuar contra derechos y libertades fundamentales (pág. 11):
- Ejerciendo “torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes”;
- Violando la “libertad y a la seguridad personales y la prohibición de la detención arbitraria”;
- Ejerciendo un “tratamiento indigno e inhumano de las personas privadas de libertad”;
- Violando el “derecho a la igualdad ante los tribunales y debido proceso”;
- Violando el “derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión”;
- Violando el “derecho a la libertad de reunión pacífica”;
- Violando el “derecho a la libertad de asociación”; y
- Violando el “derecho a la igualdad ante la ley”;
Los 5 Mandatos son los Mandatos de la Relatora Especial sobre la libertad de religión o de creencias; del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria; de la Relatora Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión; del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y del Relator Especial sobre cuestiones de las minorías.
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2.1. El patrón gubernamental represivo del Islam y las religiones yoruba y cristianas
El documento, que describe una situación dantesca para el ejercicio de la libertad religiosa, analiza el procedimiento por el cual el Gobierno de Cuba reprime todas estas libertades en el ámbito religioso, indicando:
“En Cuba, no existe una regulación legal específica para las asociaciones religiosas por quedar estas excluidas de la aplicación de la Ley 54 de asociaciones del 27 de diciembre de 1985. Así, no existiría un procedimiento reglamentado y público que permita a cualquier grupo religioso registrarse legalmente como una asociación independiente”.
“…todas las organizaciones religiosas estarían obligadas a registrarse ante la Oficina de Atención a los Asuntos Religiosos (OAAR), una autoridad vinculada de forma directa con el Partido Comunista de Cuba, que controlaría qué organizaciones religiosas pueden o no existir a efectos legales. No existiría una normativa específica que regule las funciones de esta Oficina ni los parámetros a los que ha de someterse el ejercicio de estas funciones. Así, según la información recibida, la OAAR actuaría de manera subjetiva y arbitraria, lo cual resulta preocupante”.
“El artículo 8 de la citada Ley núm. 54 establece las causas por las que el Ministerio de Justicia puede denegar la constitución y registro de una asociación, previendo en su letra “d” que una de estas causas de denegación sea la existencia de una asociación «con idénticos o similares objetivos o denominación a la que se pretende constituir» … existirían en Cuba una serie de asociaciones religiosas que fueron reconocidas por el Estado cubano y fueron creadas con la finalidad de aglutinar en ellas las diferentes confesiones religiosas. No obstante, desde algunos grupos religiosos, estas asociaciones serían percibidas como controladas por el Partido Comunista… [La Liga Islámica de Cuba, la Asociación Cultural Yoruba, el Consejo de Iglesias y Pastores por la Paz] … La Oficina de Atención a los Asuntos Religiosos estaría denegando la inscripción de cualquier organización religiosa con … objetivos similares a las oficiales ya registradas. Estas organizaciones no registradas se verían abocadas o bien a integrarse en asociaciones registradas que consideran carentes de independencia o bien a actuar fuera del marco jurídico establecido … miembros y lideres de las organizaciones religiosas independientes no reconocidas por el Estado estarían siendo objeto de actos de hostigamiento, detenciones ilegales, amenazas de sanciones judiciales y otras medidas por parte de las autoridades, precisamente por el rechazo a integrarse en las asociaciones religiosas oficiales”.
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3. Los 13 casos denunciados por la ONU como ejemplo de estos patrones de represión
La carta de Naciones Unidas describe extensamente la represión en contra
- Asociación de Yorubas Libres, asociación religiosa afrocubana independiente, perseguida y hostigada y que ha sufrido “detenciones arbitrarias, amenazas, agresiones físicas, destrucción de objetos ceremoniales, vigilancia policial, registros e incautaciones y acoso sistemático.”
- Ifá Loreto Hernández García, sacerdote yoruba, “detenido e interrogado de forma sistemática desde 2011 hasta la actualidad… fue acusado de desórdenes públicos y desacato y fue inmediatamente internado en prisión provisional sin tutela judicial. Finalmente, fue condenado por los delitos citados a siete años de prisión mediante la Sentencia 26/2022 … padeciendo una situación de falta de atención médica y de acceso a medicamentos … víctima de severas golpizas, habiendo sido incluso lanzado por el personal penitenciario desde lo alto de una escalera … sus condiciones de salud son «incompatibles con el régimen penitenciario»”.
- Ifá Donaida Pérez Paseiro, sacerdote yoruba, “detenida de forma arbitraria e interrogada al menos en 56 ocasiones entre 2011 y 2021 … agredida físicamente por la policía, sufriendo heridas en el rostro y el torso … detenida por última vez, en esta ocasión en el contexto de las manifestaciones del 11 de julio 2021 … no se le habrían permitido las visitas … el Tribunal Municipal Popular de Santa Clara, Sección Penal, habría condenado a la Sra. Pérez Paseiro a ocho años de privación de libertad mediante sentencia dictada el 22 de septiembre de 2021 … con graves problemas de salud … encerrada por largos periodos en celdas de castigo bajo régimen de aislamiento”.
- Sr. Mitzael Díaz Paseiro, feligrés yoruba, “fue condenado a tres años y seis meses de prisión el 24 de noviembre de 2017 por un supuesto delito de peligrosidad social predelictiva … encerrado habitualmente en celdas de aislamiento tapiadas, sin acceso a ventilación ni luz solar, donde habría sido golpeado abundantemente y dejado sin poder beber agua durante días. En uno de estos episodios, el 1 de marzo de 2021, el Sr. Díaz Paseiro fue internado 11 días en una de estas celdas de castigo. Durante su detención, habría sido objeto de forma habitual de ofensas, denigraciones y torturas psicológicas, antes, durante y después de las golpizas. Asimismo, tras estos episodios, se le habría negado la atención médica … 11 de julio de 2021, poco después de su liberación, el Sr. Díaz Paseiro habría sido detenido de nuevo … fue condenado a siete años de privación de libertad por la Sentencia 26/2022”.
- Hermanas Lisdiany y Lisdany Rodríguez Isaac, feligreses yoruba, “habrían participado en una manifestación, tras la cual habrían sido detenidas el 17 de julio de 2021. Ambas hermanas habrían permanecido en prisión preventiva durante meses por medio de un auto de privación de libertad cautelar de la Fiscalía, sin intervención de tutela judicial. Durante 15 días desde su detención, sus allegados habrían desconocido su paradero … Fueron condenadas a 8 años de prisión mediante la Sentencia 26/2022 de la causa 49 del EFP 690/21 de Caibarién, en base a delitos de desórdenes públicos, desacato y atentado. No obstante, esta Sentencia condenatoria reconocería la inexistencia de lesión alguna en los oficiales presuntamente agredidos … En la página 9 de la Sentencia condenatoria 26/2022, se afirmaría que «en su lugar de residencia se reúne con personas de ‘desajustada conducta’» y en la página 23 nuevamente se haría referencia a «investigaciones complementarias» que habrían llevado a calificarlas como personas de «mala conducta social». Estas serían referencias directas a su pertenencia a la Asociación de Yorubas Libres, puesto que ninguna de las hermanas habría ejercido actividad política alguna. De acuerdo con la información recibida, su pertenencia a la Asociación de Yorubas Libres habría sido la razón fundamental para su enjuiciamiento y condena”.
- Asociación Cubana para la Divulgación del ISLAM, asociación independiente proscrita por las autoridades y perseguida, “sus actividades habrían sido continuamente obstaculizadas por el Departamento de Seguridad del Estado y otras autoridades. Como ejemplo de ello, en 2014 un contenedor de libros islámicos que fue enviado desde Egipto habría sido embargado por las autoridades cubanas a su llegada al puerto de la Habana … y nunca le habría sido entregado … confiscación de inmuebles destinados a convertirse en casa de rezos musulmanes en las provincias de Sancti Spiritus y Santiago de Cuba, así como la vigilancia constante sobre los líderes musulmanes por parte de las autoridades”.
- IMAM Abu Duyanah (Niovel Alexander Tamayo Formén), Imam musulmán, detenido y sometido a tratos inhumanos y degradantes, “sometido a reclusión domiciliaria, así como a seguimiento, acoso, citaciones, amenazas y detenciones arbitrarias debido a su actividad de líder religioso … detenido … cuando participaba ejerciendo un rol de acompañamiento espiritual en una manifestación pacífica … El 20 de mayo de 2021, su vivienda habría sido rodeada por agentes del Departamento de la Seguridad del Estado, quienes le habrían comunicado que no podía salir de su vivienda, y que si lo hacía sería inmediatamente detenido, sin mediar explicación alguna … «regulado» por ser una «persona de interés público», impidiéndole la entrada o salida del territorio nacional, incluida la posibilidad de realizar su peregrinación religiosa a La Meca, con base en el artículo 25 letra h de la Ley 1312 de Migración … la mera declaración como «persona de interés» por parte de agentes del Departamento de la Seguridad del Estado sería suficiente para establecer la prohibición de salida del país”.
- Sr. Marco Antonio Pérez Cruz, “católico practicante que fue bibliotecario de la Biblioteca Diocesana y habría proporcionado apoyo espiritual a diferentes personas y grupos que habrían sido percibidos como disidentes por parte de las autoridades … nunca habría ejercido activismo político … cinco oficiales de la Seguridad del Estado se le habrían aproximado en el parque Carlos Manuel de Céspedes de la ciudad de Holguín y le habrían demandado su documento de identidad. No obstante, al no identificarse ellos y estar vestidos de civiles, el Sr. Pérez se habría negado. Los oficiales, que no habrían contado con orden de detención, le habrían reducido violentamente y lo habrían arrastrado dentro de un vehículo de la Seguridad del Estado, presuntamente provocándole excoriaciones en un ojo y varios moratones en el cuerpo … en una celda de aislamiento veintiuno de los primeros sesenta días que estuvo detenido. Además, durante los primeros trece días habría permanecido incomunicado y no habría tenido acceso a asistencia letrada … le estaban imputando los delitos de desacato y desobediencia, al tiempo que, sin mediar tutela judicial ninguna, la Fiscalía acordó su ingreso en prisión provisional … condenado a dos años de prisión por delitos de desobediencia y desacato … el Sr. Pérez Cruz padece de gastritis crónica y estaría siendo negado acceso a los medicamentos necesarios para su tratamiento en prisión. Durante todo el tiempo de su detención habría solicitado repetidamente apoyo religioso por parte de un sacerdote católico, lo cual habría sido denegado sistemáticamente por las autoridades competentes”
- Padre José Castor Álvarez Devesa, “sacerdote católico que habría sido objeto de violencia física, detención arbitraria y restricciones arbitrarias de sus derechos … un integrante de las Brigadas de Producción y Defensa le habría propinado un fuerte golpe en la cabeza con un bate de béisbol. A continuación, el Sr. Álvarez Devesa fue detenido. Tras un día de detención, fue liberado, habiendo sido amenazado no obstante con la imputación de cargos en su contra … fue notificado su inclusión en la lista de personas “reguladas”, privándosele en consecuencia de su 10 derecho de salir del país, por estar considerado una “persona de interés” para la Seguridad del Estado.”
- Padre David Pantaleón (sacerdote católico), “sacerdote católico dominicano que se desempeñó durante cinco años al frente de la Compañía de Jesús en Cuba y presidió la Conferencia cubana de religiosos y religiosas (CONCUR) … David Pantaleón habría abogado por el respeto de los derechos humanos de las personas detenidas y encarceladas en este contexto y habría apoyado a sus familias … Como consecuencia de esta labor, el Sr. Pantaleón habría recibido repetidamente amenazas y presiones por parte de la Oficina de Asuntos Religiosos y del Gobierno, manteniendo el sacerdote su negativa a abandonar sus actividades de apoyo espiritual a presos. El 13 de abril de 2023, el Sr. Pantaleón habría sido convocado a la Oficina de Asuntos Religiosos, donde se le habría comunicado que por «órdenes superiores» tendría que abandonar la isla puesto que su permiso de residencia, un visado religioso, no le sería renovado”.
- Pastor Elier Muir Ávila y la Pastora Minerva Burgos López, “son un matrimonio de Pastores Evangélicos … En 2013, los pastores se habrían presentado ante el departamento de Asuntos Religiosos de la Dirección Municipal del Partido Comunista para pedir los permisos exigidos para poder abrir casas de oración para su comunidad, recibiendo una negativa por parte de las autoridades del Partido, así como de la Dirección Municipal del Ministerio de Justicia. Finalmente, se habría obtenido autorización de la Dirección Provincial de la Oficina de Atención a los Asuntos Religiosos del Partido Comunista de Ciego de Ávila, pero se habría prohibido que las casas de culto pudieran reunir a más de doce feligreses … interrogados por agentes del Estado sobre su fe y sus actividades religiosas y habría recibido burlas e insultos referidos a su fe, acusándolo de pertenecer a una «secta satánica» … amenazado con procesado y condenado hasta a veinte años de prisión si no modificaba el contenido de los mensajes que el Sr. Muir Ávila distribuía entre su comunidad … se le habría ordenado no abrir células de oración así como que sus congregaciones religiosas no sobrepasasen las doce personas. El Sr. Muir Ávila habría permanecido retenido en una celda hasta la madrugada de ese día … A los dos pastores se les habría negado constantemente la posibilidad de trabajar en cualquier centro de trabajo estatal y las autoridades de la administración municipal y provincial también les habrían negado las licencias necesarias para poder ejercer actividades económicas … los dos pastores habrían tomado la decisión de cerrar una de sus casas de oración, para prevenir más persecución contra los feligreses y otros ministros de la congregación.”
Al finalizar la descripción de la terrible represión de todos ellos, la carta enfatiza:
“En este sentido, quisiéramos expresar nuestra profunda preocupación por las alegaciones de arresto, detención arbitraria y encarcelamiento del Sr. Hernández García, la Sra. Pérez Paseiro, el Sr. Díaz Paseiro, las Sras. Rodríguez Isaac y el Sr. Pérez Cruz, así como por las alegaciones de malos tratos correspondientes a varios de estos casos. Igualmente, quisiéramos expresar inquietud por el hostigamiento y represión contra miembros y líderes de la Asociación de Yorubas Libres, la Asociación Cubana para la Divulgación del Islam, así como de las comunidades católicas y evangélicas existentes en Cuba”.
“Los hechos mencionados … contravendrían lo establecido por los artículos 7 (prohibición de torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes) 9 (derecho a la libertad y a la seguridad personales y la prohibición de la detención arbitraria), 10 (tratamiento digno y humano de las personas privadas de libertad), 14 (derecho a la igualdad ante los tribunales y debido proceso), 18 (derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión), 19 (derecho a la libertad de opinión y de expresión), 21 (derecho a la libertad de reunión pacifica), 22 (derecho a la libertad de asociación) y 26 (derecho a la igualdad ante la ley) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), que Cuba firmó en 2008 aunque aún no ha ratificado”.
Descripción de la denuncia y número de víctimas tal cual se expone en los sistemas de Naciones Unidas
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4. Informes anteriores en los que se basa la información de esta denuncia de Naciones Unidas sobre la represión religiosa en Cuba
Elaborados por Prisoners Defenders:
- “Algunos presos y otros reprimidos por su condición religiosa en Cuba”, informe elaborado para el Alto Comisionado de los Derechos Humanos sobre la represión religiosa en Cuba, 1 de septiembre de 2023. En español: https://drive.google.com/open?id=1y3Oaasac1p15YNO9N2N_3v4fmX9BO6aY
- “Ampliación del Report on constitutional reform and religious freedom in Cuba”, de 2 de agosto de 2022, sobre la represión religiosa en Cuba elaborado en español (ES), inglés (EN) y francés (FR).
Informes elaborados por Prisoners Defenders y OAA:
- “Report on constitutional reform and religious freedom in Cuba”, adoptado y publicado por el USCIRF. En inglés (EN).
Cartas acusatorias previas de Naciones Unidas referenciadas:
- Cartas previas JAL CUB 7/2021 y JAL CUB 1/2014, adoptadas y publicadas por diversos Mandatos y Relatorías Especiales de las Naciones Unidas, en español (ES).
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5. Sin respuesta de Cuba
Si bien la carta se ha hecho pública, no han llegado las respuestas de Cuba en el plazo de 60 días fijado por los 5 Mandatos de Naciones Unidas involucrados. A fecha 15 de enero de 2024, tras 60 días de espera, no figura la respuesta de Cuba como recibida, lo cual puede ser visualizado en https://spcommreports.ohchr.org/TmSearch/Results.
El original de la carta también puede ser descargado en Naciones Unidas en: https://spcommreports.ohchr.org/TMResultsBase/DownLoadPublicCommunicationFile?gId=28602.
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6. Reacciones internacionales ante esta acusación de represión religiosa en Cuba
6.1. Declaraciones del MEP Leopoldo López Gil, Coordinador del PPE para los derechos humanos
“Como respuesta al informe sobre la libertad religiosa del 2022 y la agenda elaborada para las Naciones Unidas por parte de Prisoners Defenders, la ONU ha acusado al régimen de Cuba por un patrón de control y, sobre todo, de represión religiosa institucional contra las religiones católicas, protestantes, yoruba e incluso el Islam.
El informe de la ONU detalla las vivencias en las que los últimos prisioneros han sido objeto de tortura y maltrato en función simplemente de su representación en las distintas y diversas asociaciones religiosas. Lo más extraño es que pretenden que el control sobre la religión, es decir, sobre todo lo que sea la adoración religiosa, sea controlada por asociaciones vinculadas al Partido Comunista de Cuba. Esto evidentemente se aleja muchísimo de lo que nosotros interpretamos como libertad de culto.
Es muy grave la certificación de que la persecución a los líderes religiosos obedezca a una razón netamente ideológica para suplantar la hegemonía única del Partido Comunista sobre cualquier tipo de pensamiento.Felicito la labor realizada por Prisoners Defenders, cuya seria investigación ha motivado que las Naciones Unidas hayan determinado esta acción.”
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6.2. Declaraciones de D. Javier Larrondo, presidente de Prisoners Defenders
“El régimen de Cuba no sólo reprime la libertad religiosa y detiene y encarcela a religiosos, además lo hace en paralelo a una estructura de creación de falsas organizaciones religiosas, como la Liga Islámica de Cuba, la Asociación Cultural Yoruba, el Consejo de Iglesias o los Pastores por la Paz, dirigidos por la Seguridad del Estado, y cuyo fin es suplantar y condenar al ostracismo a las verdaderas iniciativas religiosas de Cuba.
Al ratificar este mecanismo de control con todo detalle, este informe de Naciones Unidas pone al descubierto una práctica maquiavélica y draconiana para controlar al ser humano en Cuba, incluso en su ámbito más personal y espiritual”.