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Prisoners Defenders, en consorcio con la Asociación Sindical Independiente de Cuba, Movimiento San Isidro, UNPACU, Instituto Patmos y Corriente Martiana, denuncia ante las Naciones Unidas el proceso de persecución de cientos de casos por libertad de expresión, en un nuevo patrón de normalización legislativa de la represión de la libertad de expresión. Ya ha ejecutado entre 500 y 1000 procesos de amenaza y/o sanción de civiles, funcionarios, cuentapropistas, artistas, periodistas y activistas de la sociedad civil para cercenar la libertad de Expresión en Cuba en el ámbito de Internet, el único que se escapaba en alguna pequeña medida a su control. Han sido denunciados una muestra de 33 casos.
La europarlamentaria Vicepresidenta del Parlamento Europeo, Dita Charanzová, el eurodiputado Vicepresidente de la DCAM, Javier Nart, el congresista español Carlos Rojas y el miembro ejecutivo del Consejo General de la Abogacía Española, Blas Jesús Imbroda, en una conferencia de prensa, junto con Prisoners Defenders, presentaron la necesidad imperiosa de tomar medidas urgentes a este respecto
La denuncia completa puede ser descargada aquí:
PD detectó que desde primeros de 2020 decenas de civiles eran advertidos y amenazados por publicar en redes sociales, llamando a ser sancionados con contravenciones (multas) impagables, y por consiguiente, en Cuba, lo que conlleva la sanción de cárcel de 6 meses por cada una de las multas. Este patrón se ha dado en centros laborales y en múltiples sectores de la población.
En paralelo empezaron a llegarnos casos de periodistas, artistas y activistas notables. Cundió la alarma. Descubrimos, junto con fuentes del propio régimen que colaboran desde hace mucho tiempo con nosotros, que estamos ante la creación de un proceso de normalización legislativa y legitimación institucional de la represión de la libertad de expresión, para cercenar el campo de actuación que se les estaba escapando progresivamente desde el año 2000: internet y las comunicaciones electrónicas.
Hemos documentado las decenas de casos a los que teníamos acceso y que se atreverían a contar lo que les sucedía. Así, recabamos 33 casos que nos fueron llegando, por medio de entrevistas, traslado de documentación probatoria, grabaciones, imágenes y finalmente un formulario online que tipificaría ciertos aspectos de las violaciones.
La denuncia fue presentada el día 8 de junio de 2020, ya ha sido recepcionada por el Alto Comisionado de Naciones Unidas, está siendo trabajada, y esperamos una resolución en un período inferior a 4 meses.
La europarlamentaria Vicepresidenta del Parlamento Europeo, Dita Charanzová, el eurodiputado Vicepresidente de la DCAM, Javier Nart, el congresista español Carlos Rojas y el miembro ejecutivo del Consejo General de la Abogacía Española, Blas Jesús Imbroda, en una conferencia de prensa, junto con Prisoners Defenders, presentó la necesidad imperiosa de tomar medidas urgentes a este respecto. También estuvieron presentes las víctimas y sus representantes, como José Daniel Ferrer (activista de derechos humanos), Camila Acosta (periodista cubana), Amaury Pacheco (movimiento artístico independiente Movimiento San Isidro), Iván Hernández Carrillo (Asociación Sindical Independiente de Cuba) y el pastor Mario Félix Lleonart (Instituto Patmos, por la libertad religiosa y los derechos humanos).
¿Cómo se ha instaurado dicho proceso?
La libertad de expresión no existe en Cuba desde 1959. Para lograr los mecanismos, Cuba puso en marcha desde entonces un proceso refinado de vigilancia y control que se puede resumir así:
Posteriormente, con la llegada de Internet, el proceso de represión de la libertad de expresión en el nuevo medio de Internet se llevó a cabo de una manera obscura e ilegal, pero efectiva. Cuba no entró en la era digital, a la espera de verse forzada a ello y con la premisa de hacerlo cuando los mecanismos de represión estuvieran a punto:
La aprobación en abril de 2019 de la nueva Constitución, el uso del Código Penal existente, y la aprobación en julio de 2019 del Decreto-Ley 370, y otros decretos diversos, dieron paso a que la Seguridad del Estado:
- Tuviera plenas potestades sin orden judicial para escuchar cualquier comunicación electrónica de los ciudadanos (telefonía, móvil, internet, datos) y realizar seguimientos
- Pudiera imponer multas y por ende llevar a prisión por cualquier frase, comunicación o post publicada o realizada en sus comunicaciones.
- El Código Penal de Cuba, artículo 170.1, haría el resto: cualquier multa impagada puede ser objeto de prisión por 6 meses. Dos multas, 12 meses, tres multas, 18 meses, y así consecutivamente.
- Prisoners Defenders ya tiene en su lista de presos políticos 7 casos de activistas de derechos humanos que tienen condenas de cárcel con un período medio de 2 años y 9 meses como consecuencia de multas arbitrarias
El gobierno de Cuba pretende implantar esta capacidad de amenaza sobre sus ciudadanos, ya suficientemente amedrentados por la represión que ejerce sobre la libertad de expresión desde hace más de 61 años, imponiendo multas que conllevan la prisión por ejercer la libertad de expresión. Este es el esquema:
La nueva Constitución, el Decreto-Ley 370 y el Código Penal como herramientas de control
El Decreto-Ley 370:
El Artículo 5 define las metas del Decreto-Ley:
b) “consolidar el uso y desarrollo de las TIC, como instrumento para la defensa de la Revolución”
c) “promover y favorecer el acceso y el uso responsable de los ciudadanos a las TIC”
d) “consolidar la defensa política”
El Artículo 60 define la fiscalización y control:
“El Ministerio de Comunicaciones, … Interior y Fuerzas Armadas Revolucionarias designan las unidades organizativas y entidades que garanticen la regulación, control y fiscalización”
El Artículo 68 define la infracción:
“difundir, a través de las redes públicas de transmisión de datos, información contraria al interés social, la moral, las buenas costumbres y la integridad de las personas”
El Artículo 70 define la multa:
“se le impone una multa de 3000 pesos”
3.000 pesos en Cuba son entre 2,8 y 7,5 veces el salario normal de un cubano medio. La multa, una vez impuesta, se hace impagable en 15 días.
Aplicación del Código Penal de Cuba
Esto supone que las multas sean impagables, lo que supone que entre en marcha el Código Penal de Cuba, cuyo artículo 170.1 versa que, por cada multa (contravención):
“El que no cumpla las … contravenciones, incurre en privación de libertad de uno a seis meses”
¿Cómo ampara la “nueva” Constitución de 2019 que las opiniones políticas y de conciencia sean objeto de amenaza, multa y prisión?
Sobre el “interés social”, la “moral” y las “buenas costumbres”:
ARTÍCULO 4. La defensa de la patria socialista es el más grande honor y el deber supremo de cada cubano. La traición a la patria es el más grave de los crímenes, quien la comete está sujeto a las más severas sanciones. El sistema socialista que refrenda esta Constitución, es irrevocable. Los ciudadanos tienen el derecho de combatir por todos los medios, incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso, contra cualquiera que intente derribar el orden político, social y económico establecido por esta Constitución.
ARTÍCULO 229. En ningún caso resultan reformables los pronunciamientos sobre la irrevocabilidad del sistema socialista.
ARTÍCULO 9. Cumplir estrictamente la legalidad socialista es una obligación de todos.
Efectos de esta nueva normalización legislativa y legitimación institucional de la represión de la libertad de expresión
El 10% de los presos políticos en Cuba están condenados con motivo del artículo 170.1 por impago de multas con más de 2 años y 9 meses de condena
- Ya hay entre 500 y 1000 civiles amenazados y/o sancionados con 3000 pesos (de 2,8 a 7,5 veces el salario cubano)
- Ya hay más de 30 multados entre opositores, disidentes, artistas y periodistas
- Hay decenas de amenazados en ese colectivo ya censados
Amenazados: 10 casos presentados en la ONU
- Ejecuta la Seguridad del Estado en dependencias policiales y no se identifican. No hubo personal de ETECSA en ningún caso.
- Se les miente para que acudan: “entrevista”, “problema telefónico”, “interrogatorio” …
- 2 son enfermeros (1 de ellos expulsado de su trabajo), 2 son YouTuber premiados internacionalmente, el resto son periodistas y activistas de DDHH
- Reciben una amenaza cada mes y varias detenciones al año sin cargos penales
- Son meras detenciones encubiertas de varias horas
- Se amenaza con ir a prisión: deben dejar las redes sociales, su organización, su activismo…
Multados: 23 casos presentados en la ONU
- Ejecuta la Seguridad del Estado en dependencias policiales, y no se identifican.
- No dan actas de resolución, por tanto, no hay posible defensa legal (100%)
- En muchos casos ni se les indican las publicaciones objeto del problema. En las que se les muestra no son ofensivas o reprochables desde la libertad de expresión moderada, pacífica y de conciencia. Otras son de carácter privado (conversaciones telefónicas)
- La multa se impone por vía de arresto (51%) sin orden de detención (95%)
- Se les miente para que acudan o se les detiene directamente
- Son periodistas, activistas de DDHH y artistas
Los 33 casos presentados ante las Naciones Unidas
Amenazados y coaccionados:
Pedro Ariel García Rodríguez (enfermero) | Iván Hernández Carrillo (sindicalista) |
Indira Adela Pérez García (enfermera) | Yoel Suárez Fernández (periodista) |
Ruhama Fernández Ferrer (YouTuber) | Yander Jaime Serra Palomares (YouTuber) |
Alexis Sabatela Ugarte (activista DDHH) | Héctor Luis Valdés Corcho (bloguero) |
Ramón Zamora Rodríguez (periodista) | Otoniel Cruz Suárez (activista DDHH) |
Sancionados a las puertas de ir a prisión:
Camila Acosta Rodríguez (periodista) | Ovidio Martín Castellanos (activista DDHH) |
Iliana Hernández Cardosa (periodista) | Nancy Alfaya Hernández (periodista) |
Lázara Eumelia Ayllón Reyes (activista DDHH) | José Diaz Silva (activista DDHH) |
Jiordan Marrero Huerta (activista DDHH) | Maykel Castillo Pérez (cantante) |
Boris González Arenas (cineasta, periodista) | Enrique Díaz Rodríguez (periodista) |
Mónica Baró Sánchez (periodista) | Esteban Lázaro Rodríguez López (periodista) |
Adrián Quesada Flores (activista DDHH) | Niober García Fournier (activista DDHH) |
Yeris Curbelo Aguilera (activista DDHH) | Karelia Contreras Manzano (activista DDHH) |
Diosvany Zalazar Rodríguez (cuentapropista) | Henry Couto Guzmán (activista DDHH) |
Ediyersi Santana Jouz (activista DDHH) | Ángel Mario Peña Aguilera (activista DDHH) |
Juan Luis Bravo Rodríguez (activista DDHH) | José Luis Acosta Cortellán (activista DDHH) |
Marisol Peña Cobas (activista DDHH) |
Sobre Cuban Prisoners Defenders
Cuban Prisoners Defenders es un grupo independiente de análisis, estudio y acción jurídica, que cuenta con la colaboración de todos los grupos disidentes de la isla y los familiares de los presos políticos para recabar información y promocionar la libertad de todos los presos políticos y los derechos humanos en Cuba.
Cuban Prisoners Defenders forma parte de Prisoners Defenders International Network, Asociación registrada legalmente con base en Madrid, España, cuyo foco de acción es la promoción y la defensa de los derechos humanos y los valores democráticos, y cuya dirección de Internet es www.prisonersdefenders.org.
Los trabajos de Cuban Prisoners Defenders son adoptados por numerosas instituciones y son enviados, entre otros, a Organización de las Naciones Unidas, Organización de Estados Americanos, Comisión Inter-Americana de Derechos Humanos, Amnistía Internacional, Human Rights Watch, Civil Rights Defenders. Freedom House, Parlamento Europeo, Congreso y Senado de los Estados Unidos FNCA, ASIC, UNPACU, Gobierno de España, Fundación Transición Española, International Institute on Race, Equality and Human Rights, FANTU, Partido por la Democracia Pedro Luis Boitel, Colegio de Pedagogos Independiente de Cuba y Movimiento Ciudadano Reflexión y Reconciliación, entre muchas otras instituciones y organismos de igual relevancia.
SOLICITUD DE INFORMES: Las entidades que deseen recibir los trabajos de Cuban Prisoners Defenders (listado de presos políticos y de conciencia, estudios jurídicos de los presos políticos, estudios jurídico-legales sobre Cuba, estudios sobre la represión y cárceles en Cuba, etc) y que aún no los reciban regularmente, pueden ponerse en contacto con Prisoners Defenders en info@prisonersdefenders.org o por teléfono/whatsapp en el +34 647564741. Desambiguación: Prisoners Defenders genera sus contenidos e informes en idioma español, y los traduce posteriormente a otros idiomas con el único fin de facilitar la lectura, pero ante cualquier necesidad de matiz o desambiguación, serán los informes generados en español los que prevalezcan y sean oficiales a título de esta entidad, salvo que se exprese explícitamente lo contrario.
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