805 prisioneros políticos en Cuba en los últimos 12 meses

805 Presos políticos en Cuba

Informe de Prisoners Defenders. Lista de prisioneros políticos en Cuba, 7 de diciembre de 2021:

PRISONERS DEFENDERS REPORTA LA LISTA DE PRISIONEROS POLÍTICOS EN CUBA ACTIVOS EN NOVIEMBRE:

805 prisioneros políticos en los últimos 12 meses

712 prisioneros en noviembre

562 prisioneros sólo desde el 11j

1. PRISIONEROS POLÍTICOS EN CUBA

En los últimos 12 meses han formado parte de la lista de Prisoners Defenders 805 prisioneros políticos en Cuba. Con 134 presos y condenados se inició diciembre de 2020. Desde entonces hasta final de noviembre de 2021 han ingresado 671 nuevos casos que, junto con los presos actuales que ya estaban en prisión hace 12 meses, suman 712 casos totales activos en este mes de noviembre. Estas cifras son una pequeña fracción de los números reales, cuya verificación total es simplemente inalcanzable.

Prisoners Defenders, de entre los más de 1.500 casos de medidas de limitación de libertad bajo autos de procesamiento fiscal o sentencias aplicados a los manifestantes detenidos a millares desde el 11j, ha podido constatar una lista de 712 casos de prisioneros políticos en Cuba este mes de noviembre (VER).

De éstos 712 casos, 562 casos analizados pertenecen a la represión relacionada con el 11j en Cuba, cifra aún inferior al 35% respecto al total generado por la ola represiva, pues resulta del todo imposible conocer los casos entre la población.

Son 23 los casos de menores de edad (14, 15, 16 y 17 años de edad durante la detención) que están siendo procesados penalmente con penas solicitadas de numerosos años de prisión para muchos de ellos. La media de edad de los manifestantes prisioneros es de 34 años, un perfil muy por debajo del perfil demográfico de Cuba, uno de los países mayor envejecimiento poblacional del mundo.

Reconocemos en Prisoners Defenders, durante el mes de noviembre de 2021, a 712 prisioneros políticos (ver lista), pero además reconocemos otros 11 mil civiles no pertenecientes a organizaciones opositoras, 8.400 de ellos convictos y 2.538 condenados, con penas medias de 2 años y 10 meses de cárcel, por cargos denominados en el Código Penal como “pre-delictivos”, es decir, sin delito, que tratamos en un apartado posterior de esta nota de prensa.

Los 712 prisioneros políticos en Cuba verificados por su ejercicio de la defensa de sus derechos más fundamentales, se dividen en Convictos de Conciencia, Condenados de Conciencia y Otros Presos Políticos. La clasificación de éstos es la siguiente:

  • 452 Convictos de Conciencia, que son presos privados de libertad únicamente por motivos de conciencia, es decir, de ejercicio estricto de sus más fundamentales derechos humanos, con acusaciones bien completa y probadamente falsas y fabricadas, o bien de índole no delictiva y absolutamente relacionadas con el pensamiento.
  • 180 Condenados de Conciencia, que sufren autos de procesamiento fiscal o sentencias judiciales de trabajos forzados domiciliares, medidas de limitación de libertad, libertad condicional bajo amenazas, y otras limitaciones a la libertad, incluyendo las que están bajo sentencia firme sin ejecución, y que el régimen, además, acostumbra a revocar e insertar en prisión si el activista no cesa en su actividad prodemocrática, como hemos visto mes tras mes durante años.
  • 80 Otros Presos Políticos, no encuadrables en las anteriores categorías, pero identificados en prisión política tras las rejas. Los presentes en esta lista no pueden ser defendidos como Convictos de Conciencia. O bien en sus causas ha estado presente de algún modo la violencia, o bien han cometido, aparejado a su prisión política, delitos punibles. También existen no pocos casos en los que no nos es posible verificar completamente la fabricación de su supuesto delito. Sin embargo, en todos ellos el matiz político, el nulo acceso a la defensa efectiva, y el ensañamiento desmedido en las penas los convierten en casos de carácter político y defendibles, en algunos casos para adecuar las penas a lo realizado y en otros por el derecho a tener acceso a una defensa efectiva que posiblemente los liberaría de todo cargo.

La lista completa de prisioneros políticos en Cuba puede obtenerse en este enlace:

2. LOS CASOS QUE RESUMEN LA SITUACIÓN DE MILES DE PRISIONEROS SIN DELITO EN CUBA

En el presente análisis hemos seleccionado algunos casos entre opositores, activistas de derechos humanos, artistas, religiosos, y uno de los cientos de jóvenes admirables que por expresarse les están condenando a penas inhumanas de muchos lustros en prisión.

José Daniel Ferrer

Se encuentra confinado en una celda de castigo. Estas son las condiciones de su confinamiento: [1]

  • Lleva más de 149 días encerrado entre 4 paredes blancas, sin ventilación alguna hasta hace apenas unas semanas, con el único mobiliario de una bombilla luminosa las 24 horas del día encendida.
  • Sufre de unos ataques sónicos que identifica y describe como “sonido de grillos”. Precisamente en ambas llamadas es posible escuchar claramente un sonido constante muy semejante al de los grillos. [2]  [3]
  • No ve la luz del sol jamás, lo que provoca carencias de vitaminas esenciales que el organismo necesita.
  • Sufre de intensos dolores de cabeza recurrentes, sangrado bucal, falta de aire, perdida de la visión. Esta sintomatología además no le permite dormir.
  • Sufre de una paupérrima alimentación en prisión y se alimenta de lo poco que los familiares le pueden llevar, pero a los familiares también les impiden pasar muchos de los alimentos que llevan.
  • No recibe tratamiento médico alguno, salvo la administración mediante engaño de una droga psico-activa, Alprazolam, que provoca falta de aire, inclinación al suicidio y alteraciones de la consciencia.

El caso de José Daniel ha sido denunciado anteriormente por el Comité contra la Desaparición Forzada de Naciones Unidas, el Comité para la Detención Arbitraria de Naciones Unidas, el Parlamento Europeo y múltiples instituciones políticas del mundo entero, así como por decenas de ONGs internacionales de derechos humanos globalmente reconocidas. La situación actual tiene la gravedad de que se está atentando contra la vida de una persona ejemplar, defendida y admirada por el mundo entero, respaldada por todas las más prestigiosas instituciones, y se está haciendo sin recato alguno y con un macabro sadismo que posee el marchamo de represión que el régimen cubano logró exportar a Venezuela y Nicaragua.

Aymara Nieto Muñoz

Aymara Nieto Muñoz es miembro activo y emblemático de las Damas de Blanco, Premio Sájarov 2005, y UNPACU. Está casada y tiene dos hijas menores de 10 años de edad. El Grupo de Trabajo para la Detención Arbitraria de Naciones Unidas dictaminó que su detención y privación de libertad son rotundamente arbitrarias y ha solicitado su liberación inmediata. Son muchas las organizaciones que llevan años luchando por su libertad, pero su situación es paupérrima y está sufriendo un calvario de encierro donde la tortura es permanente, y donde muy habitualmente se encuentra en celda de castigo e incomunicada. El día 14 de marzo del 2020 le fabricaron una nueva causa penal para condenarla a 5 años más de privación de libertad y no permitir su salida de prisión. A Aymara también le están negando cualquier asistencia médica. Se encuentra en la prisión El Manatí, de Las Tunas, a más de 600 kilómetros de donde residen ella y su familia, motivo, además de los frecuentes aislamientos forzados de semanas de duración a los que Aymara es sometida, por el que en 2 años ha visto a sus dos hijas menores y a su esposo en una sola ocasión.

Maykel Castillo Pérez (Maykel Osorbo)

Maykel es un artista cubano del rap urbano que ha logrado hacer valer su arte en el mundo entero con su canción, Patria y Vida, escrita junto otros 5 artistas cubanos. Patria y Vida ha ganado los Premios Grammy 2021 en las categorías Mejor Canción Urbana y Canción Del Año. Conoció la noticia desde la Prisión Kilo 5 de Pinar de Río, que está a más de 160 kilómetros de su residencia y allegados sin justificación alguna. Al igual que en el caso de Aymara Nieto, esto provoca una clara situación de indefensión penal y separación forzosa de su entorno más cercano. Fue objeto de desaparición forzada en el proceso de su detención. Maykel Osorbo ha mantenido ayunos y huelgas de hambre y de sed por sus derechos. En un emotivo vídeo explicaba las razones, desde el arte, para su lucha. En él, también asevera luchar para liberar incluso a los mismos represores que le torturan. Recientemente Maykel comenzó a presentar síntomas alarmantes de deterioro grave de su salud. Desde prisión, Maykel envió un  mensaje de agradecimiento por los premios, como represalia, y pese a su delicado estado de salud, las autoridades cubanas han sancionado a Maykel incomunicándolo de su familia por tres meses.

Luis Manuel Otero Alcántara

Luis Manuel es un reconocido artista plástico cuyo arte alternativo es apreciado en el mundo entero. Buscando espacios de libertad y defensa de derechos creó el Movimiento San Isidro, pasando a ser uno de las activistas que más detenciones ha sufrido en los últimos años en Cuba. Se encuentra preso en la cárcel de Guanajay. En prisión se contagió con el Covid. Ha pasado numerosos días en celdas de castigo y en situación de incomunicación y aislamiento. Su actitud siempre pacífica, su carácter firme y su amable mirada inspiran y dan luz a muchos cubanos y activistas prodemocráticos. La revista Time ha calificado a Luis Manuel, mientras estaba en prisión, como una de las 100 personas más influyentes de la humanidad este año 2021. La Fundación Oxi Day le acaba de otorgar el Premio Oxy al Coraje, que recogió Anamely Ramos. También la Cintas Foundation ha nominado a Luis Manuel Otero Alcántara como finalista a su Premio Anual en Artes Visuales.

Yunior García Aguilera

Yunior es un notable dramaturgo cubano que agotó todos los mecanismos para lograr cambios en Cuba ya desde joven. Su pasión por el diálogo y la palabra, así como la verdad, le han llevado a decidirse a realizar diversas acciones que han tenido un eco histórico en Cuba. Desde el 27N, que inspiró a toda Cuba para alzar la voz y verbalizar la necesidad de libertad, lo que posiblemente tuvo impacto para las manifestaciones del 11j, hasta el 15N, una manifestación cuyo propósito era portar rosas blancas, buscar el diálogo, y traer la paz a Cuba, Yunior ha escalado notoriedad mundial por el impacto de sus acciones y la solvencia de sus argumentos. En el último año sido detenido violentamente y lanzado a un cubo de basura por querer dialogar para buscar cambios, sufrido una campaña mediática deleznable contra su persona, recibido mil amenazas, hasta que su casa estuvo con su familia sitiada por una horda de cientos de agresivos agentes de la seguridad y de las “organizaciones de masas” que cubrieron hasta sus ventanas. En reunión con la Fiscalía General del régimen, recibió la clara amenaza, dossier incluido, de una condena ya fabricada de 27 años de cárcel si continuaba en su activismo un día más. Tras el 15N, Yunior logró buscar refugio donde su voz pudiera ser escuchada, como así lo han hecho miles de activistas en Cuba cuya decisión de no inmolarse siempre ha sido una magnífica decisión cuando en frente se tiene a un régimen que cumple sus amenazas con creces y al que nadie parece querer y/o poder ponerle freno en cuanto a los crímenes que comete contra su población desde hace 63 años.

La Expatriación Forzosa que Yunior ha sufrido es un tipo de represión tipificada por la denuncia emitida por Naciones Unidas a Cuba mediante Procedimiento Especial, la cual contenía 72 de éstos casos de cubanos expatriados en 2019. [4]

Luis Robles Elizástegui

Luis es un joven cuentapropista que caminó en un bulevar con un cartel elevado sobre la cabeza que decía “Libertad, no + represión, #FreeDenis”, en alusión a Denis Solís, músico contestatario cuya encarcelación arbitraria, denunciada por el Comité para la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas, provocó la solidaridad que dio lugar al movimiento 27N en Cuba. Toda la secuencia está grabada desde varios ángulos. La policía arremetió y abusó de un joven pacífico y ejemplar. Hace un año de esto, y Luis Robles sigue en prisión, sufriendo torturas, vejaciones, aislamiento y celda de castigo, así como violaciones procesales de toda índole, lo cual analizó el Comité para la Detención Arbitraria de Naciones Unidas al dictaminar el pasado 10 de septiembre su rotunda denuncia ante la detención ilegal y arbitraria de Luis Robles. [5]

Lorenzo Rosales Fajardo

El Pastor Lorenzo Rosales Fajardo está detenido desde el 11 de julio en Palma Soriano, Santiago de Cuba. Es un reverendo de la Iglesia Apostólica muy querido en Palma Soriano, Santiago de Cuba. Fue detenido el 11 de julio por manifestarse pacíficamente junto al pueblo de Palma Soriano. Estuvo en desaparición forzada hasta el 6 de agosto. Durante el traslado del centro de detención “El Energético” a la Unidad de Investigación de Versalles, a las 3 de la madrugada, 5 agentes lo sacaron del coche patrulla en un campo y lo golpearon tanto que se desmayó por los golpes. Los guardias le reanimaron orinando sobre él, lo que contó entre lágrimas a su esposa, Mariví Leynis, durante una visita en octubre. A consecuencia de esta paliza, ha perdido parte de los dientes y sufre fuertes dolores en varias partes del cuerpo, pero no ha recibido tratamiento médico y aún se desconoce el alcance de sus lesiones. Durante el posterior traslado de un grupo de presos políticos a la cárcel de Boniato, a primeras horas de la mañana, se preparó una sala donde un grupo de agentes y presos entrenados los humillaron, golpearon, insultaron y maltrataron hasta lo inhumano. En la actualidad no recibe atención médica, a su familia se le niega la mayor parte de los alimentos que le llevan, entre los que les prohíben llevarle proteínas. La mala alimentación, los efectos de la paliza y el tiempo que lleva siendo maltratado están haciendo mella en su salud, y su vida corre peligro. También se le prohíbe hablar con nadie, y aquellos que se atreven a hablar con él son golpeados duramente por los agentes. Le piden 10 años de prisión. Christian Solidarity Worldwide se ha pronunciado a favor de su caso.

Andy Dunier García Lorenzo

Andy Dunier Garcia Lorenzo es un joven Detenido el 11 de julio en Santa Clara por manifestarse pacíficamente. Fue golpeado, esposado brutalmente e interrogado de madrugada diariamente de 8 a 10 horas durante semanas, en las que  se le ha amenazado con condenas de hasta 30 años, o su fusilamiento, si no cambia su firme posición por el activismo de derechos humanos. Su primera huelga de hambre, el día 20 de octubre duro 10 días y sus demandas fueron la atención médica para otros detenidos y que se le respetara su correspondencia, la cual había sido violada. El dia 13 de octubre, como consecuencia de la violación de su correspondencia, su hermana Roxana García Lorenzo y su cuñado Jonatan López Alonso fueron detenidos e interrogados por 8 horas. Andy está sufriendo un proceso de tortura en prisión, donde ha sido incomunicado por más de 15 días en dos ocasiones. El día 2 de diciembre su familia fue informada por otros reclusos que Andy estaba en huelga de hambre y que además había desaparecido de la prisión sin que durante días se haya tenido noticia de él.

3. PROBADO: 11.000 CIVILES CONDENADOS Y CONVICTOS DE CONCIENCIA EN CUBA

Añadido a estos cientos de casos políticos anteriores, Prisoners Defenders reconoce también 11 mil personas que se encontraban al terminar 2019 Convictas o Condenadas de Conciencia por las Medidas de Seguridad Pre-Delictivas, con penas de 1 hasta 4 años, y que es una cifra que se mantiene constante desde hace muchos años.

Prisoners Defenders hizo público el día 13 de enero de 2020 este informe, así como trasladó los documentos probatorios a medios de prensa y diplomáticos. Dada el indubitado análisis de expertos presentado junto con los documentos, dicha información tuvo un relevante impacto en numerosos países (New York Times, Telegraph, ABC, Le Point…). Como ejemplos, además igualmente, Prisoners Defenders hizo público una parte representativa de los cientos de fichas de condena de dichos prisioneros (Ver ejemplos reales de dichos expedientes).

En todos ellos se aprecia que los casos no son personalizados, sino cualificados con exactamente las mismas 3/4 frases:

“Probado que el acusado no se encontraba vinculado laboralmente ni pertenecía a ninguna organización de masas [organizaciones civiles subyugadas al Partido Comunista], además de reunirse con elementos antisociales y alterar el orden público [sin embargo, no le constan delitos ni juicios por alteración del orden público, es sólo una apreciación policial] en estado de embriaguez [en todos los 8.400 casos las frases son similares, sólo hay unos pocos modelos]. Fue advertido en muchas ocasiones por su Jefe de Sector y Factores de la Comunidad [dirigentes de las organizaciones del Partido Comunista] por lo que se procede a la medida de aseguramiento por parte del Tribunal Municipal de Centro Habana.

Condena: 3 años de privación de libertad.

Un simple informe policial con aspectos valorativos, idénticos para todos los condenados, y en proceso judicial sumario, sin principio de contradicción, y de forma inquisitorial (sin principio de contradicción ni capacidad de presentación de prueba en contrario), sirve para que 11.000 personas sin delito alguno cometido cumplan condenas de 2 años y 10 meses de privación de libertad en prisión de media.

Situación actual

Las medidas de seguridad pre-delictivas vigentes, de hasta 4 años de cárcel, se aplican por medio de un articulado del Código Penal que es infame y violatorio de los más básicos principios de justicia adoptados por toda la Comunidad Internacional y explicitados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. El régimen califica arbitrariamente, aísla de la comunidad y posteriormente condena penalmente a inocentes en un número de miles cada año, por medio del uso de su Código Penal:

  1. Calificación:
    • ARTICULO 72. Se considera estado peligroso a la especial proclividad en que se halla una persona para cometer delitos, demostrada por la conducta que observa en contradicción manifiesta con las normas de la moral socialista.”
    • ARTICULO 73.2. Se considera en estado peligroso por conducta antisocial al que … perturba el orden de la comunidad
  2. Aislamiento de la comunidad:
    • ARTICULO 75. El que, sin estar comprendido en alguno de los estados peligrosos a que se refiere el artículo 73, por sus vínculos o relaciones con personas potencialmente peligrosas [los calificados antes como antisociales]… será objeto de advertencia por la autoridad policíaca competente … mediante acta …
  3. Condena de 1 a 4 años:
    • ARTICULO 76. 1. Las medidas de seguridad pueden decretarse para prevenir la comisión de delitos … y se denominan medidas de seguridad predelictivas
    • ARTICULO 80. 1. Las medidas reeducativas son: a) internamiento [prisión] … b) entrega a un colectivo de trabajo [trabajos forzados] … 2. Las medidas reeducativas se aplican a los antisociales. 3. El término de estas medidas es de un año como mínimo y de cuatro como máximo.”

La legitimación para la aplicación de los preceptos anteriores, sin mayor explicación ni justificación que la expuesta, viene determinada de forma arbitraria según el criterio de los jueces y sin proceso penal ordinario con derecho a la defensa, de forma sumaria, según lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Penal de Cuba, en su Artículo 404 y en su artículo 415, donde expresamente indica el proceso sumario:

’ARTICULO 404. Compete a los Tribunales Municipales Populares el conocimiento de los Índices de peligrosidad pre-delictiva y la imposición de las medidas de seguridad que en cada caso establece la Ley Penal sustantiva.’’

“ARTICULO 415. La declaración del índice de peligrosidad predelictiva de conducta antisocial, se decide sumariamente…”.

Medida autoritaria de corte fascista y ultra-radical que retrata al régimen de Castro

Reiteramos que esta medida, que se introdujo en el Código Penal de Cuba de 1979, podría bien ser calificada como ultra-fascista, pues tiene su origen en las leyes nazis y fascistas de los dictadores Hitler y Franco, además de las medidas de corte más radical ultra-comunistas tomadas en España con antelación a la Guerra Civil española.

En efecto, los movimientos populistas radicales de izquierda y de derecha suelen confluir, ambos, en métodos similares y compartidos para establecer su poder, pues ambos tienen el mismo fin: perpetuar en el poder al dictador. Respecto al origen radical de ultra-derecha y ultra-izquierda de estas medidas, baste apuntar las evidencias:

  • Las condenas predelictivas a los antisociales son inspiradas en las presentes en la Alemania nazi, párrafo 42 del Código Penal del Tercer Reich de 1937, denominando a los infractores como volksschädling (antisociales), una categorización que incluía, entre otros, a prostitutas, homosexuales, mendigos, enfermos mentales, repetidores de chistes y comentarios en contra de los nazis, pero sobre todo los que denominaban “vagos”.
  • La ley cubana es copia, textual en terminologías, frases textuales y condenas, a varias leyes españolas, como de la “ley de vagos y maleantes”, “la Gandula”, que fue una ley del Orden Penal español de 4 de agosto de 1933 aprobada por las Cortes de la II República, firmada por Manuel Azaña como Presidente del Consejo de Ministros, y que fue altamente reforzada por el dictador Francisco Franco en 1954 y luego en 1970 con la “ley sobre peligrosidad y rehabilitación social”, donde en todas ellas se establecen los términos “peligrosidad social”, o las “medidas de seguridad”, términos exactos y copiados en la ley de Cuba. El dictador Franco tuvo la iniciativa de incluir en la ley a los homosexuales, lo que Fidel Castro y su hermano pequeño Raúl hicieron mediante las Unidades Militares de Ayuda a la Producción (UMAP).

Anteriormente, en Cuba, otras medidas fueron antecedentes del Código Penal de 1979. La evolución de la copia nazi y fascista es evidente. En Cuba, antes de la “ley sobre peligrosidad y rehabilitación social” se tomó como modelo la “ley de vagos y maleantes” para inspirar la Ley del Vago cubana. Posteriormente en 1979, tomaron las terminologías de la “ley sobre peligrosidad y rehabilitación social” del dictador Franco.

El acoso a los homosexuales fue inspirado en Cuba no sin ciertas semejanzas a las del dictador Franco. Las Unidades Militares de Ayuda a la Producción (UMAP), por ejemplo, fueron campos de trabajo que existieron en Cuba entre 1965 y 1968. Allí estuvieron unos 25.000 hombres, básicamente jóvenes en edad militar que por diversos motivos se negaban a hacer el servicio militar obligatorio (miembros de algunas religiones), eran rechazados en las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Cuba o, sobre todo, por su probada o presunta homosexualidad «burguesa», y que tenían que ser «reeducados» por el gobierno revolucionario. [6] Simplemente repugnante. Como lo son las palabras de Raúl Castro, entonces ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, en abril de 1966:

«En el primer grupo de compañeros que han ido a formar parte de las UMAP se incluyeron algunos jóvenes que no habían tenido la mejor conducta ante la vida, jóvenes que por la mala formación e influencia del medio habían tomado una senda equivocada ante la sociedad y han sido incorporados con el fin de ayudarlos para que puedan encontrar un camino acertado que les permita incorporarse a la sociedad plenamente» [7]

Raúl Castro, abril de 1966

Estas palabras, unidas al sufrimiento indescriptible de tales personas en dichas UMAP, no deja lugar a dudas de la profunda personalidad sociópata y fascista que padecía Raúl Castro ya desde 1966.

La Ley del Vago, o “Ley contra la vagancia”, Ley No. 1231 de 16 de marzo de 1971 publicada en la Gaceta Oficial de la República de Cuba en su edición ordinaria del día 26 de marzo de 1971, fue una ley similar a la predelictiva, de hecho, fue su predecesora, y se instauró para solucionar un problema inherente al vacío legal y laboral que creó la propia dictadura en sus inicios. Esta ley fue derogada y sustituida por el actual Código Penal de Cuba, que incluye la legislación predelictiva, el 15 de febrero de 1979.

La Ley de la Vagancia, o Ley del Vago, nació debido a que la intervención de todos los negocios privados por la revolución cambió de forma abrupta el orden de las cosas. Las fuerzas interventoras venían en nombre del “pueblo” a apropiarse de los negocios y de todos sus activos. La excusa era que los negocios quedaban en manos del “pueblo”. El problema era inmediato, ¿quién se haría responsable de que todo siguiera funcionando?, ¿quién tenía los conocimientos y el empeño de hacerlo con el adecuado conocimiento y motivación empresarial?

Dado que nadie lo planificó, los resultados fueron catastróficos para la productividad. Algunos de los obreros conservaron puestos, que en número iban mermando día a día dada la baja productividad, pero los dueños quedaron sin trabajo al instante. ¿Qué hacían estas personas acostumbradas a liderar proyectos y que además habían sido despojadas de su trabajo sin tener derecho ni siquiera a manifestar su inconformidad? Al Estado se le ocurrió que tenían que trabajar con la revolución o de lo contrario había que aplicarles la “Ley del vago”. Así, los antaño empresarios pasaron a ser definidos como “vagos” si se negaban a trabajar a favor del Estado “revolucionario”.

Con medidas coercitivas, por tanto, ya la esclavitud de los profesionales cubanos se inició en los albores de la “revolución”, esclavitud que impera en las Misiones médicas cubanas, pero también con todos los profesionales cubanos cualificados dentro y fuera de la isla, incluidos los artistas que trabajan por cuenta del Estado.

Por esta “Ley contra la vagancia” de 1971 miles de personas fueron obligadas a realizar labores manuales pesadas que nadie de ellos deseaba hacer. La composición del grupo que las autoridades consideraron como “vagos” se aplicó finalmente a una masa de gente muy heterogénea. Estaban los que por diversas razones llevaban tiempo sin trabajo fijo, como los citados empresarios. También se vieron afectados algunos que fueron sorprendidos en tránsito de una ocupación hacia otra, los que se iban del país o los que acababan de terminar Servicio Militar Obligatorio y no tenían ubicación laboral. Eran los comienzos de los años 70 y Cuba ya disponía de una ley de esclavismo masivo en una sociedad que hacía apenas 10 años era de naturaleza emprendedora.

Una vez en los campos de trabajo, los sujetos eran considerados como presos:  todo aquel que abandonase el lugar sin autorización, sería detenido, juzgado y podía ser condenado a cumplir hasta cinco años en prisión.

La ley considera fundamentalmente a la vagancia como un estado predelictivo y a fin de que ese estado quede claramente determinado. Un estudio interesante de dicha Ley, y del que hemos tomado algunas referencias, entre otras muchas fuentes, puede leerse en este enlace.

SOBRE PRISONERS DEFENDERS

Prisoners Defenders (Prisoners Defenders International Network) es una institución enraizada en el más profundo humanismo, cuya misión es la relatoría de derechos humanos, la acción jurídica y la defensa pro-democrática. Entre las organizaciones que adoptan nuestros informes y explícitamente nos referencian se encuentran el Parlamento Europeo, el Servicio de documentación de derechos humanos del Parlamento Europeo, la Comisión Inter-Americana de Derechos Humanos, Naciones Unidas, el Congreso de los Estados Unidos, el Departamento de Estado de los Estados UnidosAmnistía InternacionalHuman Rights Watch, y muchas otras organizaciones, gobiernos e instituciones, así como medios de comunicación como ABCLe MondeLe PointLe FigaroNew York Times o Washington Post, entre cientos de diarios y publicaciones. Por su parte, Cuban Prisoners Defenders, sección dedicada en exclusiva a Cuba, forma parte de Prisoners Defenders International Network, Asociación registrada legalmente con base en Madrid, España.

El máximo órgano de decisión de la matriz Prisoners Defenders en Europa es la Junta Directiva, compuesta por un Presidente, un Vice-Presidente. Además, para la toma de decisiones Prisoners Defenders cuenta formalmente, tal y como establecen los estatutos, con un nutrido Comité Consultivo de Expertos del que forman parte europarlamentarios, políticos de diversos países, científicos, economistas y relevantes figuras del derecho internacional. En el Comité Consultivo de Expertos, dada la naturaleza de éste, no tienen cabida posturas extremas, ni de la llamada derecha populista/extrema ni de la llamada izquierda populista/extrema, tan sólo por el hecho de que buscamos integrar visiones entre los pensamientos moderados para dar soluciones efectivaseficacesinclusivas integradoras a los problemas de derechos humanos, siempre complejos de abordar, alejando la posibilidad de crear otros nuevos problemas derivados de las posiciones más extremas.

Los trabajos de Prisoners Defenders son adoptados por numerosas instituciones y son enviados, entre otros, a Organización de las Naciones Unidas, Organización de Estados Americanos, Comisión Inter-Americana de Derechos Humanos, Amnistía Internacional, Human Rights Watch, Civil Rights Defenders. Freedom House, People In Need, Parlamento Europeo, Congreso y Senado de los Estados Unidos, CANF, ASIC, UNPACU, Gobierno de España, Fundación Transición Española, International Institute on Race, Equality and Human Rights, FANTU, Partido por la Democracia Pedro Luis Boitel, Colegio de Pedagogos Independiente de Cuba y Movimiento Ciudadano Reflexión y Reconciliación, entre muchas otras instituciones y organismos de igual relevancia.

SOLICITUD DE INFORMES: Las entidades que deseen recibir los trabajos de Prisoners Defenders (listado de presos políticos y de conciencia, estudios jurídicos de los presos políticos, estudios jurídico-legales sobre Cuba, estudios sobre la represión y cárceles en Cuba, etc.) y que aún no los reciban regularmente, pueden ponerse en contacto con Prisoners Defenders en info@prisonersdefenders.org o por teléfono/WhatsApp en el +34 647564741. Desambiguación: Prisoners Defenders genera sus contenidos e informes en idioma español, y los traduce posteriormente a otros idiomas con el único fin de facilitar la lectura, pero ante cualquier necesidad de matiz o desambiguación, serán los informes generados en español los que prevalezcan y sean oficiales a título de esta entidad, salvo que se exprese explícitamente lo contrario.

Nuestra página web es prisonersdefenders.org y nuestra página de Facebook es https://www.facebook.com/CubanDefenders.  Nuestro Twitter, además, es @CubanDefenders.


[1] 8 de noviembre de 2021 – Prisoners Defenders hace un llamamiento a Josep Borrell para que interceda en favor de José Daniel Ferrer:
https://www.prisonersdefenders.org/2021/11/08/prisoners-defenders-hace-un-llamamiento-a-josep-borrell-para-que-interceda-en-favor-de-jose-daniel-ferrer/

[2] Primera llamada de José Daniel Ferrer:
https://www.prisonersdefenders.org/wp-content/uploads/2021/11/Jose-Daniel-Ferrer-100-dias-short.mp3

[3] Segunda llamada de José Daniel Ferrer:
https://www.prisonersdefenders.org/wp-content/uploads/2021/11/Jose-Daniel-Ferrer-118-dias-short-1.mp3

[4] Denuncia de Naciones Unidas por Procedimiento Especial a Cuba – Expatriaciones Forzosas:
https://spcommreports.ohchr.org/TMResultsBase/DownLoadPublicCommunicationFile?gId=24788

[5] Opinión No. 41/2021 (Cuba) adoptada el 10 de septiembre de 2021, sobre Luis Robles Elizástegui vs. Cuba:
https://drive.google.com/open?id=1VWS8u5UzKecv2YKqdWKl10kmmtKw3GWM

[6] Cuba, Fidel Castro, los gays y el legado de “Fresa y chocolate”:
https://www.clarin.com/mundo/cuba-fidel-castro-gays-legado-fresa-chocolate_0_r1qEn-WN7.html

[7] Mapa de la homofobia. Cronología de la represión y censura a homosexuales, travestis y transexuales en la Isla, desde 1962 hasta la fecha:
https://www.cubaencuentro.com/cuba/articulos/mapa-de-la-homofobia-10736

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